Castilla-La Mancha advierte a los consumidores de los posibles costes adicionales en los pedidos realizados a plataformas internacionales
Nuevo arancel de 3 euros para las compras online de menos de 150 euros procedentes de fuera de la UE
El Gobierno de Castilla-La Mancha ha informado a los consumidores sobre la aplicación de un nuevo arancel temporal de tres euros que afecta a determinados productos adquiridos fuera de la Unión Europea y cuyo valor sea inferior a 150 euros.
La medida está en vigor desde el pasado 1 de julio de 2026 y se mantendrá, de forma temporal, hasta el 1 de julio de 2028. Desde el Ejecutivo regional recomiendan revisar con detenimiento las condiciones de compra de las plataformas de venta por internet para evitar encontrarse con gastos inesperados cuando el pedido llegue a su destino.
Atención al país desde el que se envía el producto
Uno de los aspectos más importantes que deben tener en cuenta quienes realizan compras online es que el nuevo gravamen no depende de la nacionalidad de la plataforma en la que se realiza el pedido.
El criterio fundamental es el lugar desde el que parte físicamente la mercancía. Por tanto, un producto estará sujeto a este arancel de aduanas si se envía desde un país situado fuera de la Unión Europea y tiene un valor de hasta 150 euros, independientemente de que la página web esté en español, utilice euros o pertenezca a una empresa conocida por los consumidores europeos.
Además, incluso algunos pedidos realizados antes del 1 de julio de 2026 podrían verse afectados si la mercancía llega a España después de esa fecha.
Los tres euros no siempre se aplican por paquete
El nuevo arancel de tres euros se aplica por cada línea incluida en la declaración aduanera y no necesariamente por cada paquete.
Esto significa que un único envío puede generar más de un cargo si incluye artículos pertenecientes a diferentes categorías o tipos de productos. Una circunstancia que conviene tener presente especialmente en aquellos pedidos que agrupan varios artículos en un mismo envío.
Desde la Junta de Comunidades insisten en la importancia de comprobar antes de finalizar una compra si el precio anunciado incluye ya los impuestos, aranceles y gastos de gestión relacionados con la importación.
¿Quién paga el arancel de las compras internacionales?
La obligación legal de abonar el arancel corresponde inicialmente a quien presenta la declaración aduanera cuando la mercancía entra en territorio de la Unión Europea.
Esta gestión puede recaer en la propia plataforma de venta, el vendedor, la empresa de transporte o el agente encargado de realizar los trámites ante las autoridades aduaneras.
Sin embargo, esto no significa necesariamente que el consumidor quede al margen del coste. La empresa encargada de la importación puede reclamar posteriormente el importe al comprador como requisito para entregar el paquete. En algunos casos, el consumidor podría tener que pagar el arancel, junto con el IVA y otros posibles gastos de gestión, después de haber abonado ya el precio del producto.
También existe la posibilidad de que la plataforma o el vendedor incorporen directamente este coste al precio final antes de que el usuario confirme el pedido.
Qué ocurre si el consumidor realiza personalmente la declaración aduanera
En el caso de que sea la propia persona compradora quien asuma la realización de la declaración ante aduanas, será la Agencia Tributaria la que pueda reclamar directamente el importe correspondiente.
Ante esta situación, se recomienda conservar toda la documentación relacionada con la compra, como la factura, los justificantes de pago y los documentos vinculados al envío, durante un periodo de al menos cuatro años.
Estos documentos pueden resultar necesarios para acreditar las condiciones de la adquisición y justificar los trámites realizados.
Las devoluciones mantienen el derecho de desistimiento
La aplicación del nuevo arancel no elimina los derechos de los consumidores en las compras a distancia.
Cuando el pedido se haya realizado a una empresa o profesional y sea aplicable la normativa de consumo, el comprador seguirá disponiendo, con carácter general, de un plazo de 14 días naturales para desistir de la compra sin necesidad de justificar su decisión, salvo en las excepciones previstas por la legislación.
Si el importe del arancel ha sido incluido por el vendedor dentro del precio final o entre los costes asociados a la compra, deberá tenerse en cuenta en el reembolso correspondiente.
La situación cambia cuando el consumidor ha abonado directamente el importe ante las autoridades o a través de un representante aduanero. En ese caso, el comerciante devolverá únicamente el precio del producto, mientras que la posible recuperación del arancel deberá tramitarse conforme a la normativa aduanera.
Un año para solicitar la devolución del arancel en determinados casos
Los consumidores podrán solicitar la devolución de los tres euros cuando el producto recibido presente defectos, esté dañado o no se corresponda con las características contratadas.
Según la información trasladada por el Gobierno de Castilla-La Mancha, el plazo para solicitar esta devolución será de un año.
La petición deberá presentarse por registro y dirigirse a la Aduana correspondiente, acompañada de la documentación o las pruebas necesarias para demostrar que el artículo era defectuoso, estaba deteriorado o no coincidía con lo adquirido.
Desde el Ejecutivo regional recomiendan, en cualquier caso, informarse previamente de todos los costes asociados a las compras online procedentes de terceros países, especialmente cuando se adquieren productos de bajo precio en plataformas internacionales.
La entrada en vigor de este nuevo arancel temporal obliga así a prestar una mayor atención a las condiciones de envío y a la procedencia real de los productos para evitar sorpresas en el momento de recibir el pedido.
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