Villanueva de la Torre, 16 de mayo de 2023
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado en la mañana de hoy martes 16 de mayo las bases de las subvenciones del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre para el pago del servicio de comedor escolar para el curso 2023/2024, así como las bases para la compra de libros y material escolar de cara al mismo curso. En el caso de estas últimas, el plazo de presentación de solicitudes se extiende durante un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP; esto es, desde mañana 17 de mayo y hasta el próximo 16 de junio. Para las primeras, el plazo de presentación de solicitudes se podrá realizar durante todo el ejercicio económico.
Toda la información sobre las dos convocatorias se puede encontrar en el BOP de hoy martes, 16 de mayo de 2023, número 93 (https://boletin.dguadalajara.es/boletin/index.php/9-general/51300-Bolet%C3%ADn-Oficial-de-la-Provincia-de-Guadalajara-n%C3%BAm-93-de-martes-16-de-Mayo-de-2023). Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran también a disposición de las personas solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, a través del siguiente enlace: https://villanuevadelatorre.sedelectronica.es/transparency/b1d23f7e-52a2-4d9b-8f9 e-3a7c0e4db9f9/.
El presupuesto para la partida de ayudas para la compra de libros y material escolar asciende a 11.040 euros. Por su parte, el crédito presupuestario para las ayudas para el pago del comedor escolar para el ejercicio 2023 es de 1.500€, mientras que el del ejercicio 2024 (enero a junio) asciende a un total de 4.000€. No obstante, en el caso de ambas subvenciones el importe podrá ser incrementado por parte del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre en función de las necesidades detectadas.
Hay que recordar que las ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar están destinadas a alumnado de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria. Los requisitos para poder acceder son tener una antigüedad de empadronamiento de toda la unidad familiar de al menos 3 meses y una renta per cápita de la unidad familiar no superior al 1,5 del salario mínimo interprofesional. El lugar de presentación de solicitudes, junto con la documentación que se acompañe, será en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por su parte, para optar a las ayudas para el servicio de comedor escolar y desayuno en los centros de enseñanza de la localidad se debe estar empadronado con al menos un año de antelación. El resto de requisitos se puede consultar en las bases, si bien hay que resaltar que estas ayudas económicas serán siempre temporales y tendrán un carácter puntual estando necesariamente incardinadas en un proceso de intervención social que incluya un análisis completo de la situación individual y familiar.
FUENTE: AYTO. VILLANUEVA DE LA TORRE