Castilla-La Mancha flexibiliza las condiciones para la cosecha y el empacado con medidas contra incendios
28/07/2025
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este lunes una nueva resolución de la Consejería de Desarrollo Sostenible que flexibiliza las condiciones para llevar a cabo labores de cosechado y empacado en la región, incluso en jornadas con Índice de Propagación Potencial (IPP) muy alto o extremo, siempre bajo estrictas condiciones de prevención de incendios forestales.
ÍNDICE DE PROPAGACIÓN POTENCIAL
Válido para el día del 28 de julio de 2025

Según ha informado el viceconsejero de Medio Ambiente, José Almodóvar, la modificación responde al diálogo mantenido con las organizaciones agrarias, y tiene como objetivo “garantizar la seguridad sin paralizar una actividad esencial para el sector agrario, especialmente en un momento en el que la cosecha acumula retrasos importantes en provincias como Cuenca y Guadalajara”.
Prohibición en las horas de máximo riesgo
La principal novedad es que se permitirá la actividad de cosechado y empacado de cereal, excepto durante la franja horaria de 13:00 a 18:00 horas, coincidiendo con el tramo del día de mayor riesgo de incendio. Esta limitación se aplica tanto en terrenos forestales como en la franja de 400 metros adyacente.
Requisitos obligatorios para trabajar en campo
Durante las horas permitidas, se deberán aplicar una serie de medidas de seguridad:
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Iniciar la cosecha bordeando el perímetro de la parcela, seguido de un pase de cultivador.
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Disponer de un tractor operado por una persona distinta al conductor de la cosechadora, equipado con apero de laboreo, para intervenir en caso de conato de incendio.
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Contar con un observador que pueda dar aviso inmediato al 112 si detecta fuego.
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Tener un vehículo con al menos 400 litros de agua y una manguera de 25 metros de longitud para actuar de forma rápida.
Almodóvar subrayó que “la medida busca evitar pérdidas económicas en numerosas explotaciones afectadas por los retrasos en las labores agrícolas, y al mismo tiempo garantizar la protección de nuestros montes”.
Actividades adicionales permitidas con IPP extremo
Además del cosechado y empacado de cereal, la nueva resolución autoriza otras actividades durante los días con IPP extremo:
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Recolección de leguminosas, oleaginosas, forrajeras, papaveráceas y plantas aromáticas en verde.
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Labores de preparación de fajas de protección mediante movimientos de tierra.
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Uso de armas de fuego en actividades cinegéticas, conforme a la normativa.
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Maquinaria específica empleada en la prevención y extinción de incendios.
Autorizaciones vigentes
Se recuerda que no será necesario solicitar autorización previa para realizar estas actividades, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. Además, las autorizaciones concedidas conforme a la resolución del 27 de mayo de 2025 mantienen su validez.
Con esta normativa, el Gobierno regional reafirma su compromiso con el sector agrario, conciliando su actividad con la necesaria protección frente a incendios forestales en plena campaña estival.








