Revés judicial a la ZBE de Guadalajara: anulada por falta de Plan de Movilidad Urbana Sostenible
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha tumbado la ordenanza que regulaba la Zona de Bajas Emisiones en Guadalajara. La sentencia, conocida este martes, declara nula de pleno derecho la ZBE de Guadalajara, aprobada en marzo de 2024 por el Pleno municipal, al considerar que el Consistorio no cumplió con un requisito clave: disponer previamente de un Plan de Movilidad Urbana Sostenible vigente que justificara su puesta en marcha.
El fallo responde al recurso contencioso-administrativo presentado por la asociación vecinal Guadalajara Despierta, representada por Baldominos Abogados, y estima íntegramente sus pretensiones. No obstante, la resolución aún no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La clave: falta de planificación previa
El eje central de la sentencia radica en el orden en el que se tramitó la normativa. Según el tribunal, el Ayuntamiento aprobó la ordenanza antes de contar con el instrumento de planificación necesario para respaldarla. Es decir, la Zona de Bajas Emisiones se puso en marcha sin que existiera previamente un plan que contemplara de forma expresa esta medida.
Durante el procedimiento, la letrada Mónica T. Baldominos Escribano defendió precisamente esta tesis: que el Consistorio actuó de forma incorrecta al aprobar primero la ordenanza y modificar después el plan que debía darle cobertura. De hecho, la actualización del Plan de Movilidad Urbana Sostenible llegó meses más tarde, cuando la ZBE ya estaba en el centro del debate político y social.
La Sala es clara al respecto y subraya que este defecto no puede corregirse posteriormente. En palabras de la propia sentencia, una ordenanza “no puede sustituir ni al plan ni al proyecto, ni tampoco anticiparse a ellos hasta vaciar de contenido su función propia”.
Precedentes similares
No es la primera vez que los tribunales anulan normativas de este tipo. En Castilla y León ya se han producido decisiones similares con las ZBE de Segovia y Ávila, también por problemas relacionados con la planificación previa de las Zonas de Bajas Emisiones y su encaje en los planes de movilidad.
Debate sobre la justificación ambiental
Otro de los puntos abordados durante el proceso fue la necesidad real de implantar esta medida en Guadalajara. La parte demandante argumentó que la ciudad presenta niveles de contaminación propios de una urbe media, con amplias zonas ya peatonalizadas y un tráfico muy inferior al de grandes áreas metropolitanas.
Según esta postura, estas circunstancias debilitaban la justificación ambiental de la ZBE en Guadalajara, cuestionando la proporcionalidad de la restricción.
Un fallo en un contexto de cambios
La sentencia llega, además, en un momento en el que el propio Ayuntamiento ya había suavizado notablemente la aplicación práctica de la medida. Ahora, con esta resolución judicial, el futuro de la ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones queda en el aire a la espera de si el Consistorio decide recurrir ante el Tribunal Supremo.







