Publicar fotos de menores en redes sociales: qué pasa si los progenitores no están de acuerdo
Patrocinado por Boreal Comunicaciones
En la actualidad, los menores y redes sociales se han convertido en un tema de debate recurrente tanto en el ámbito legal como en el social. Lo que antes eran fotografías familiares guardadas en álbumes físicos, hoy son imágenes compartidas en plataformas globales como Instagram, Facebook o TikTok. El gesto de publicar una foto de un hijo parece inofensivo, pero puede acarrear serias consecuencias legales y personales, especialmente cuando los progenitores no se ponen de acuerdo.
En este contexto, Boreal Comunicaciones, firma especializada en ciberseguridad y cumplimiento normativo con sede en Guadalajara, recuerda que la prevención digital es clave para proteger la intimidad de los menores y evitar conflictos familiares o judiciales.
El marco legal: derechos del menor por encima de todo
La legislación española es clara: los menores son titulares de su propio derecho a la intimidad, honor y propia imagen. Así lo establece tanto la Constitución Española como la Ley Orgánica 1/1982 de protección del derecho al honor, y la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor.
Esto significa que las decisiones sobre la difusión de imágenes de los hijos no corresponden exclusivamente a los padres, sino que deben respetar el interés superior del menor.
➡️ Hasta los 14 años, corresponde a los progenitores decidir si sus hijos pueden aparecer en redes, pero siempre de forma conjunta cuando ambos comparten la patria potestad.
➡️ A partir de los 14 años, los propios menores pueden dar o negar su consentimiento para que se publiquen fotografías o vídeos en los que aparezcan. Incluso pueden exigir la retirada de imágenes que no deseen ver expuestas.
En caso de que uno de los progenitores se oponga, será necesario acudir a un juez, quien podrá ordenar la eliminación de los contenidos y dictar medidas cautelares.
Jurisprudencia y casos recientes
Las resoluciones judiciales refuerzan esta interpretación:
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Audiencia Provincial de Barcelona: establece la necesidad de contar con el consentimiento de ambos progenitores para publicar fotos de menores en redes sociales.
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Audiencia Provincial de Pontevedra: aclara que la potestad sobre la imagen corresponde a ambos padres, incluso aunque uno tenga la custodia exclusiva.
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Tribunal de Distrito de La Haya (Países Bajos): obligó a una influencer a retirar todas las fotos de sus hijos de 2 y 4 años, salvo en cuentas privadas con menos de 250 seguidores.
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Caso Italia (2018): una madre fue multada con 10.000 euros por publicar sin consentimiento fotografías de su hijo, a raíz de la denuncia del propio menor al alcanzar la mayoría de edad.
Estos precedentes dejan claro que la imagen digital de los menores no es un asunto doméstico menor, sino un derecho fundamental con respaldo judicial.
Sharenting: un fenómeno con riesgos ocultos
El sharenting —término que une share (compartir) y parenting (paternidad)— describe la práctica de los padres que suben de manera constante fotos o vídeos de sus hijos a redes sociales.
Aunque es común y socialmente aceptado, encierra varios riesgos:
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Creación de una huella digital: cada publicación queda registrada y puede acompañar al menor durante su vida adulta, incluso en contextos profesionales.
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Exposición a fraudes y suplantación de identidad: las imágenes de menores pueden ser utilizadas por terceros sin autorización.
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Ciberacoso y grooming: compartir detalles como ubicación o rutinas puede poner en peligro la seguridad física del menor.
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Conflictos familiares: especialmente en casos de separación o divorcio, donde las publicaciones pueden convertirse en un motivo más de enfrentamiento judicial.
Un informe de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) indica que más del 50 % de los padres comparten en redes imágenes de sus hijos que podrían resultar vergonzosas para ellos. Otro estudio de la Universidad de Michigan reveló que, de media, un menor puede aparecer en más de 13.000 fotos publicadas por sus progenitores antes de cumplir los 13 años.
El papel de los menores: voz y decisión propia
La normativa reconoce progresivamente la capacidad del menor para decidir sobre su exposición en Internet. A partir de los 14 años, si el adolescente no quiere que sus padres publiquen una foto, su negativa debe respetarse.
Incluso los menores más pequeños tienen derecho a que se escuche su opinión. Los expertos en derecho de familia recomiendan fomentar el diálogo y enseñar a los niños a gestionar su identidad digital desde edades tempranas.
Conflictos más comunes: divorcios y custodia
Las diferencias suelen ser más acusadas en situaciones de separación o divorcio. Que uno de los progenitores tenga la custodia exclusiva no le autoriza a decidir en solitario sobre la imagen del menor en redes.
En casos de discrepancia grave, los tribunales pueden:
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Ordenar la retirada de las imágenes.
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Prohibir futuras publicaciones sin consentimiento.
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Dictar medidas cautelares para proteger al menor.
En definitiva, la publicación de fotografías de hijos sin acuerdo entre los padres puede convertirse en un conflicto legal complejo.
Boreal Comunicaciones: expertos en ciberseguridad y protección de datos
Más allá del ámbito legal, la protección digital de los menores requiere medidas preventivas. Desde Boreal Comunicaciones, empresa líder en ciberseguridad en Guadalajara, destacan que “publicar una imagen no es un acto neutro: puede tener consecuencias legales y personales que solo una buena orientación profesional puede prevenir”.
Sus principales servicios incluyen:
✅ Evaluación de riesgos digitales y auditorías personalizadas.
✅ Asesoramiento en cumplimiento normativo (RGPD, ENS, ISO 27001).
✅ Protección frente a ciberataques y gestión de incidentes.
✅ Formación a familias y equipos de trabajo en seguridad digital.
En un mundo donde la frontera entre lo público y lo privado es cada vez más difusa, la ciberseguridad familiar es un imperativo estratégico.
Prudencia y consenso antes de publicar
Antes de subir una foto de un menor a Internet, los padres deberían hacerse varias preguntas:
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¿Está de acuerdo el otro progenitor?
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¿Puede la imagen comprometer la seguridad o reputación de mi hijo en el futuro?
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¿He valorado el impacto en su derecho a la intimidad y propia imagen?
La respuesta siempre debe priorizar el bienestar del menor, incluso por encima de las intenciones de los adultos. Porque, como recuerdan los expertos de Boreal Comunicaciones, la mejor estrategia de protección digital es la prevención y el respeto.
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